Un despacho publicado en el sitio digital de
Prensa Latina destaca que se trata de una de las novedades de la legislación
que eliminará la norma anterior de 11 meses, las categorías de "salida
definitiva o temporal" y el llamado "Permiso de residencia en el
exterior (Pre)".
Desde el 14 de enero y en lo adelante, los cubanos que deseen viajar al extranjero requerirán del Pasaporte Corriente a un costo de 100 pesos convertibles (alrededor de 115 dólares), la visa del país concernido y el boleto aéreo.
Si el ciudadano en cuestión quiere radicarse los 24 meses fuera de Cuba y luego regresar mantendrá la condición de residente enla Isla ,
en tanto si rebasa ese lapso deberá solicitar una prórroga de su tiempo por
motivos específicos, explicaron expertos del tema.
El coronel Lamberto Fraga, segundo jefe dela Dirección
de Inmigración y Extranjería de Cuba, subrayó que en cualquier caso nadie
pierde la ciudadanía, aunque sí adquiere el estatus de emigrado si llega a
pasar los 24 meses establecidos en la Ley.
Para el capítulo de
los que en el futuro serán considerados emigrados residentes, las visitas al
territorio nacional podrán tener una duración continua de 90 días.
Desde el 14 de enero y en lo adelante, los cubanos que deseen viajar al extranjero requerirán del Pasaporte Corriente a un costo de 100 pesos convertibles (alrededor de 115 dólares), la visa del país concernido y el boleto aéreo.
Si el ciudadano en cuestión quiere radicarse los 24 meses fuera de Cuba y luego regresar mantendrá la condición de residente en
El coronel Lamberto Fraga, segundo jefe de
